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La dificultad en
la aplicación de Medidas de Seguridad en materia de Protección
de Datos es una idea errónea
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(Madrid, 26 de julio de 2006).- La III
Jornada del curso “El Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica
de Protección de Datos”, organizado por la Agencia Española
de Protección de datos, ha comenzado con la conferencia “Medidas
de seguridad en materia de Protección de Datos”, impartida
por Arturo Ribagorda, catedrático de Informática de la
Universidad Carlos III de Madrid.
En su intervención Ribagorda ha
destacado que el Reglamento, en lo que se refiere a las Medidas de Seguridad,
garantizará los principios técnicos en los que se plasma
el principio de
Seguridad de los Datos, que son la integridad, la confidencialidad y
la disponibilidad de los datos. Además, ha destacado que la idea
de la dificultad en la aplicación de las Medidas de Seguridad
en materia de Protección de Datos es una idea errónea
y falaz. En este sentido, ha indicado que en la actualidad existen herramientas
permiten el cifrado de datos y la obtención de copias de respaldo
“sin excesiva dificultad”. En su intervención, también
se ha referido a la relevancia del “factor humano” en la
seguridad de los datos, señalando que “la protección
de los datos no solo depende de medidas técnicas”.
Sobre los principales novedades que se recogen en el borrador de Reglamento,
Ribagorda ha destacado entre otras, que en el borrador se recogen las
medidas de seguridad aplicables tanto a tratamientos de datos automatizados
como no automatizados, y la aparición de nuevas definiciones
como Sistema de Tratamiento, Fichero Temporal, o Perfil de Usuario.
Además, ha indicado que se incluyen las medidas de seguridad
aplicables a ficheros con datos relativos a determinados colectivos
como las víctimas de la violencia de género, en nivel
medio, y localización de comunicaciones electrónicas,
en nivel alto.
A continuación, ha tenido lugar la conferencia “Códigos
Tipo y Registro”, que ha corrido a cargo de Mª José
Blanco, subdirectora General del Registro General de Protección
de Datos.
En su intervención Blanco ha analizado algunas de las principales
novedades incluidas en el borrador de Reglamento en relación
con los Códigos Tipo, que ha definido como instrumentos de autorregulación
sectorial para adecuar los tratamientos de datos a lo establecido en
la LOPD, teniendo en cuenta las peculiaridades de un sector determinado
de actividad, y aportando valores añadidos de garantía,
calidad y confianza en materia de protección de datos. Blanco
ha recordado que aunque la adopción de estos instrumentos es
voluntaria, debe tener carácter vinculante para quienes los suscriben.
El que no existiese un desarrollo normativo
sobre Códigos Tipo, ha dicho, “daba lugar a una serie de
confusiones a la hora de aplicarlos, por lo que con el borrador de Reglamento
se ha tratado de dar respuesta a estas posibles dificultades”.
En este sentido, Blanco ha destacado que
en el borrador de Reglamento se delimitan los contenidos para que se
garantice la incorporación de reglas específicas que permitan
armonizar los tratamientos de datos y facilite el ejercicio de los derechos
de los afectados. Además, ha dicho, se establecen procedimientos
de supervisión independientes para garantizar su cumplimiento
por los adheridos, y se establece un régimen sancionador interno,
independiente al de la LOPD, para el incumplimiento de las normas recogidas
en el Código Tipo.
Durante la jornada vespertina de la II
Jornada del curso celebrada ayer tuvo lugar la mesa redonda “
La función de garantía del derecho fundamental a la protección
de datos tutelada por la Agencia Española de Protección
de Datos”. En ella participaron Agustín Puente, Abogado
del Estado y jefe de la Asesoría Jurídica de la AEPD,
y Álvaro Canales, subdirector General de Inspección de
la AEPD.
Agustín Puente analizó en
su intervención las principales funciones de las Autoridades
de protección de Datos, centrándose particularmente en
el funcionamiento de la Agencia Española de Protección
de Datos, cuyas funciones ha recordado le son atribuidas por la LOPD
y por el estatuto de la AEPD.
En su exposición ha destacado la necesidad de que existan autoridades
que se encarguen de prevenir y subsanar. “La función principal
de las autoridades es prevenir y evitar las infracciones de las leyes
de protección de datos y de ahí el papel esencial que
juegan como garantes del derecho a la protección de datos de
las personas frente al tratamiento de datos que realizan entes privados
y públicos”. En este sentido ha apuntado también
la necesidad de que estas autoridades sean independientes tanto en su
estructura como en el desarrollo de su actividad diaria.
En su intervención ha analizado
las distintas potestades de la AEPD , destacando entre otras la potestad
sancionadora, y la potestad reglamentaria de la Agencia mediante la
cual, ha dicho,
“dicta instrucciones que permiten conocer cual es el modo en que
deben interpretarse las reglas del juego en materia de protección
de datos”
.
Por su parte Canales, ha abordado en su intervención las principales
funciones de la Subdirección de Inspección de la AEPD.
Se refirió a “la seriedad con que la AEPD desarrolla su
trabajo” , destacando que cada caso es “analizado y estudiado
a fondo”. En la actualidad, añadió, “tres
de cada cuatro procedimientos que se inician derivan en un archivo de
actuaciones”.
Canales dijo que es una “temeridad
vivir de espaldas a la protección de datos”, ya que existe
cada vez un desarrollo más creciente del derecho a la protección
de datos y una madurez cada vez mayor de los ciudadanos en el ejercicio
de los derechos en la materia. En este sentido ha indicado que en 2005
el derecho más ejercido por parte de los ciudadanos ha sido el
de cancelación de los datos, frente a años anteriores
en los que era el derecho de acceso el que ocupaba una posición
preponderante. Esto, indicó, “muestra que el ciudadano
se acerca cada vez con más propiedad al derecho de protección
de sus datos personales”.
Finalmente realizó una llamada
de atención sobre las cláusulas informativas en la recogida
de datos personales. Para el subdirector de inspección de la
AEPD todo empieza por el principio de información y en su opinión
no se presta la suficiente atención a las cláusulas informativas
para la recogida y tratamiento de datos personales.
El curso sobre “El
Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica de Protección
de Datos”, organizado por la Agencia Española de Protección
de Datos, se imparte dentro de los Cursos de Verano 2006 El Escorial,
de la Universidad Complutense de Madrid. Se celebrará hasta el
28 de julio, en jornadas de mañana y tarde, en el Euroforum Infantes,
c/ del Rey nº 38, El Escorial, Madrid,.
FUENTE: Agencia Española de Protección
de Datos www.agpd.es
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