La Agencia de Protección de Datos sanciona a varios brókeres de seguros

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a dos corredurías y a una aseguradora por el uso indebido de los datos personales de clientes sin el consentimiento de los afectados. En otros casos, la Agencia ha rechazado denuncias recibidas.

La multa más elevada es de 300.506 euros y recae sobre un bróker que en la resolución de la AEPD se identifica como Correduría de Seguros RFL, por la comisión de una infracción muy grave. La entidad sancionada ha recurrido la resolución ante la Audiencia Nacional.

Este procedimiento se inició con la denuncia de un particular que contrató un seguro de hogar con Reale a través de la correduría RFL. Tiempo después, Reale dio por cerrado el contrato con RFL y comunicó a este asegurado con dos meses de antelación el vencimiento de la póliza.

Paralelamente, el bróker contrató otro seguro de hogar con Fiatc, sin el consentimiento de la asegurada que luego presentó la denuncia, y domicilió los recibos en la cuenta del anterior seguro suscrito con Reale. Para ello, RFL cedió a Fiatc los datos de su cliente sin que esta “haya prestado su consentimiento para la realización del nuevo contrato”, señala la Agencia bajo el epígrafe de hechos probados. Fiatc pasó al cobro tres recibos de esta póliza.

La Agencia desestimó la argumentación de la correduría que manifestó en este proceso que comunicó a la asegurada denunciante en el momento de la rescisión de contrato de Reale él le daría “cobertura en otra aseguradora en condiciones y precio lo más similares posibles, salvo que usted nos indique lo contrario”.

En su opinión, su actuación fue para velar por los intereses de la asegurada, ya que ésta había contratado un servicio que consistía en dar cobertura indefinida con la aseguradora que el corredor estimase oportuna y, por tanto, era obligación del corredor ofrecerle otra póliza, ya que en caso contrario “hubiera incurrido en negligencia profesional”. Correduría RFL argumentó ante la Agencia de Protección de Datos que la sanción impuesta es desproporcionada ya que “no ha causado perjuicio a la asegurada” y el bróker actuó con “vistas a la protección del asegurado”.

Segundo bróker

El bróker Marsh, el segundo mayor en España, y la aseguradora Direct Seguros, filial de Axa, han sido sancionados también por la Agencia de Protección de Datos con una multa de 60.101 euros cada uno. Ambas entidades han recurrido esta resolucion ante la Audiencia Nacional. Fuentes de la aseguradora y de la correduría mantienen que han seguido escrupulosamente la legislación y esperan que el recurso interpuesto les dé la razón.

En Marsh añaden que la resolución es un hecho puntual protagonizado por un asegurador de una cartera total de más de 4.000 clientes. En este caso la póliza estaba contratada inicialmente con Allianz que anunció una subida del precio del seguro por lo que el bróker Savoye, adquirido después por Marsh, encontró una oferta más ventajosa en Direct Seguros.

Esta entidad remitió al asegurado un documento de confirmación de solicitud y condiciones particulares de la póliza junto con la orden de comiciliación bancaria, sin que el asegurado hubiera dado su consentimiento para facilitar sus datos a Direct Seguros.

Fuentes de esta entidad mantienen que el corredor es el representante legal del asegurado y que su actuación se ha ajustado siempre a la legislación.

La sanción impuesta a Marsh era en un primer momento de 300.506 euros, aunque sus argumentos convencieron a la Agencia para rebajarla hasta 60.101 euros. Esta correduría alega que no obtuvo ningún beneficio propio en la operación que ahora ha sido sancionada.

FUENTE: www.gesdatos.com


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